Estatutos
PATRIA SOBERANA nace de la convicción de que España necesita un instrumento político que actúe desde el análisis material de la realidad, sin moralismos ni idealismos estériles. Estos estatutos son el marco normativo interno que regula la organización, el funcionamiento y la actividad del partido, garantizando la participación democrática de sus afiliados y el cumplimiento de la legalidad vigente.
Aprobados en el Congreso Fundacional de PATRIA SOBERANA, conforme a lo dispuesto en la Ley Orgánica 6/2002, de 27 de junio, de Partidos Políticos.
Título
Disposiciones Generales
Denominación y naturaleza
El partido político denominado PATRIA SOBERANA es una asociación política de ámbito nacional, constituida al amparo de la Ley Orgánica 6/2002, de 27 de junio, de Partidos Políticos, con plena personalidad jurídica y capacidad de obrar.
Principios ideológicos
PATRIA SOBERANA fundamenta su acción política en el materialismo político, la defensa de la nación española como proyecto político soberano, la reindustrialización de la economía nacional y la recuperación de la soberanía efectiva en economía, energía, fronteras y política exterior.
Domicilio social
El domicilio social del partido se establecerá en Madrid, siendo comunicado al Registro de Partidos Políticos del Ministerio del Interior. Podrá ser modificado por acuerdo del Comité Ejecutivo.
Ámbito territorial
PATRIA SOBERANA desarrolla su actividad política en todo el territorio del Estado español, sin perjuicio de la presencia de agrupaciones territoriales en provincias y municipios.
Título
Afiliación
Requisitos de afiliación
Podrá afiliarse a PATRIA SOBERANA toda persona física mayor de 18 años que tenga nacionalidad española o residencia legal en España, que comparta los principios ideológicos del partido, acepte los presentes estatutos y abone la cuota correspondiente a su condición.
Categorías de afiliados
Se establecen tres categorías: afiliado estándar, afiliado estudiante (menores de 26 años matriculados en estudios reglados, que deberán acreditar su condición) y afiliado en situación de desempleo (que deberán acreditar dicha situación). Cada categoría tiene una cuota diferenciada aprobada por el Comité Ejecutivo.
Derechos de los afiliados
Los afiliados tienen derecho a participar en las asambleas del partido con voz y voto, a ser elegibles para los órganos de dirección, a recibir información sobre la actividad del partido, a presentar propuestas y resoluciones, y a ejercer su derecho de petición ante los órganos directivos.
Deberes de los afiliados
Los afiliados tienen el deber de abonar puntualmente la cuota establecida, de acatar las resoluciones adoptadas por los órganos estatutariamente competentes, de guardar la debida lealtad al proyecto político y de abstenerse de actuaciones que perjudiquen los intereses del partido.
Baja y expulsión
La baja podrá ser voluntaria, por impago de cuotas durante más de tres meses, o por sanción disciplinaria. El régimen disciplinario y el procedimiento sancionador serán regulados por el Reglamento Interno aprobado por el Comité Ejecutivo, garantizando en todo caso el derecho de audiencia del afiliado.
Título
Órganos de Gobierno
Órganos del partido
Son órganos de gobierno de PATRIA SOBERANA: la Asamblea General, el Comité Ejecutivo y la Secretaría General. En el ámbito territorial se constituirán Agrupaciones Provinciales y Locales con arreglo al Reglamento Interno.
Asamblea General
La Asamblea General es el órgano supremo de dirección del partido. Está integrada por todos los afiliados con pleno derecho. Se reunirá en sesión ordinaria cada dos años y en sesión extraordinaria cuando lo convoque el Comité Ejecutivo o lo solicite al menos el 20% de los afiliados. Sus competencias incluyen la elección de la Secretaría General y del Comité Ejecutivo, la aprobación y modificación de los estatutos, y la fijación de las líneas estratégicas del partido.
Comité Ejecutivo
El Comité Ejecutivo es el órgano de dirección permanente entre asambleas. Estará integrado por la Secretaría General y las Vicesecretarías de Política, Organización y Comunicación, y los vocales que determine la Asamblea General. Se reunirá con la periodicidad necesaria para el buen gobierno del partido, al menos mensualmente.
Secretaría General
El Secretario o Secretaria General es la máxima autoridad ejecutiva del partido. Preside el Comité Ejecutivo, representa al partido ante instituciones y organizaciones externas, coordina la actividad política y asume la responsabilidad de la dirección estratégica. Es elegido directamente por la Asamblea General.
Título
Régimen Económico
Recursos del partido
Los recursos económicos de PATRIA SOBERANA proceden de las cuotas de los afiliados, las subvenciones públicas a las que el partido tenga derecho conforme a la legislación electoral, las donaciones privadas permitidas por la Ley Orgánica 8/2007 de financiación de partidos políticos, y cualquier otro ingreso lícito.
Cuotas de afiliación
Las cuotas de afiliación serán fijadas por el Comité Ejecutivo y revisadas anualmente. Se establecen modalidades de pago mensual, trimestral, semestral y anual. El pago de cuotas se realizará a través de los canales habilitados por el partido, garantizando la trazabilidad y el cumplimiento de las obligaciones de transparencia.
Transparencia y control
El partido llevará una contabilidad rigurosa conforme a la normativa vigente. Las cuentas anuales serán sometidas a auditoría externa y remitidas al Tribunal de Cuentas. El Responsable de Transparencia velará por el cumplimiento de las obligaciones de publicidad activa establecidas en la Ley de Transparencia.
Título
Modificación y Disolución
Modificación de estatutos
La modificación de los presentes estatutos requerirá la aprobación de la Asamblea General por mayoría de dos tercios de los afiliados presentes o representados. La propuesta de modificación deberá ser comunicada a todos los afiliados con al menos 30 días de antelación a la celebración de la Asamblea.
Disolución
La disolución del partido requerirá acuerdo de la Asamblea General adoptado por mayoría de tres cuartos de los afiliados con derecho a voto. En caso de disolución, el patrimonio neto del partido será destinado a instituciones de carácter social o cultural designadas por la Asamblea, en ningún caso a beneficio de los afiliados.
Nota
Los presentes estatutos tienen carácter provisional hasta su ratificación por la Asamblea General Fundacional. Para cualquier consulta estatutaria: info@patria.es